1.- La atención a los requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación vestido y vivienda.
2.- Se promoverá y otorgara la asistencia y rehabilitación médica, la psicoterapia, la terapia familiar, el tratamiento o rehabilitación de personas discapacitadas y la provisión de medicamentos, prótesis, órtesis e insumos sanitarios; así como la provisión en establecimientos especializados.
3.- Se promoverá y se proporcionara asistencia jurídica, entre otras, la representación ante autoridades administrativas o jurisdiccionales, salvo las electorales, el apoyo y la promoción para la tutela de los derechos de los menores así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.
4.- Se promoverá y se proporcionara rehabilitación a personas alcohólicas y farmacodependientes.
5.- Se promoverá y se proporcionara ayuda para servicios funerarios.
6.- Se promoverá y se proporcionara, orientación social; Entre otras la prevención de la violencia intrafamiliar para la eliminación de la explotación económica de los niños o del trabajo infantil y peligroso; así como su educación y capacitación para el trabajo.
7.- Se promoverá y se facilitara la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad entre otras aquellas destinadas a la prevención, el auxilio, o la recuperación de uno o mas miembros de la población ante la eventualidad de un desastre o siniestro de origen natural.
8.- Se promoverá la defensa a ultranza de los derechos humanos, la capacitación, difusión, orientación y asistencia jurídica en materia de garantía individuales incluida la equidad de género. Así como las prerrogativas inherentes a la naturaleza de las personas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las disposiciones legales de que ella emanen siempre que no impliquen o conlleven acciones de índole político, religioso o destinadas a influir en la legislación y estás acciones no estén vinculadas con actos o resoluciones de organismos o autoridades electorales en lo general o de carácter jurisdiccional así como de conflictos de carácter laboral, la interpretación de las disposiciones constitucionales o legales así como actos y omisiones entre particulares.
9.- Cooperación para el desarrollo comunitario. Realizar actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo de las comunidades, personas. Sectores y regiones de escasos recursos, comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo y discapacidad, dedicándose a la atención de requerimientos básicos de alimentación, salud, orientación social y capacitación.
10.- Promover campañas de orientación social referente a la prevención de la salud, apoyándonos en herramientas tales como foros, talleres, programas, cursos.
11.- Llevar a cabo actividades lícitas para la obtención de recursos a través de ferias artesanales y culturales, conciertos, bailes, rifas, loterías, y demás actividades para la recaudación de fondos o donaciones, ya sean en especie o económicas para la realización de los fines de la Asociación.
12.- Estructurar una base de datos con un manejo de información aplicando las nuevas tecnologías y adaptándolas a cada caso y aprovechar esta herramienta para controles internos y difusión amplia (INTERNET).
13.- Promover, definir y realizar campañas, cursos y/o talleres de capacitación para el trabajo en en materia técnica, artesanal laboral, administrativa, contable, de cómputo, de innovación, tecnología, y de desarrollo social, así como talleres de idiomas, reciclaje y separación de desechos orgánicos e inorgánicos para una cultura ecológica.
14.- Apoyo para el desarrollo de pueblos y comunidades indígenas. Promover una cultura de paz y la resolución pacifica de los conflictos, promoviendo la no violencia activa como método de acción social y de servicios que logren mejores condiciones de subsistencia y desarrollo en los pueblos y comunidades, así como las organizaciones sociales urbanas y rurales.
15.- Obtener y brindar materiales alternativos y promover la autogestión de programas de vivienda digna para los sectores con los que trabaja la Asociación, que incluyan la autoconstrucción y otros tipos de beneficios que logren mejores condiciones de subsistencia y desarrollo en los pueblos y comunidades, así como las organizaciones sociales urbanas y rurales.
16.- Gestionar y recibir donaciones tanto en especie como en efectivo, ya sea muebles o inmuebles, hechos por particulares o dependencias publicas o privadas, nacionales e internacionales, dirigidas a cubrir diferentes necesidades de los distintos sectores a los que se accede con los servicios proporcionados por la Asociación.
17.-Promover y recibir donaciones para adquirir bienes muebles e inmuebles y derechos legales, derechos reales o personales necesarios o convenientes para la realización de actividades de beneficio social de la Asociación persigue.
18.- Celebrar contratos convenios ye ejecutar toda clase de actos y operaciones de naturaleza mercantil, administrativa, jurídica y de todo aquello que se relacione con el correcto desarrollo y consecución de los fines de la Asociación con organismos de la administración pública federal y local, entidades paraestatales y organizaciones civiles.
19.-Fomentar la solidaridad entre las organizaciones asociadas y afines, dentro de una entidad coordinadora para intercambio de información tecnológica y de experiencias de los recursos humanos especializados.
20.- Administrar los bienes de la Asociación, que fueran necesarias, a fin de mantener su estructura del patrimonio para destinarlo al cumplimiento del objeto social que persigue.
21.- La Asociación podrá brindar asesoría legal a sus asociados de acuerdo con los lineamientos que establecen los presentes estatutos.
22.- Contratar al personal necesario para la realización de las actividades que en los presentes Estatutos Sociales se describen, a efecto de cumplir con el objeto social que la Asociación persigue.
Otras actividades en material cultural:
23.- Difundir la música, las artes plásticas, las artes dramáticas, la danza, la literatura, la arquitectura y la cinematografía, así como el apoyo de las actividades de educación e investigación artística relacionadas con dichas artes.
24.- Promover la protección y conservación así como la restauración y recuperación del patrimonio cultural de la nación (bienes muebles e inmuebles de carácter arqueológico, artistico e histórico, en los términos de la ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticos y la Ley de bienes Nacionales.
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